jueves, noviembre 24, 2005

(...)Finalmente, el ordenamiento lo es de una determinada comunidad humana, peculiar y distinta de las otras, compuesta no sólo por sus miembros actuales, sino por el recuerdo y el legado de quienes lo fueron antes y por su vocación hacia los futuros. El Derecho de un pueblo es algo más que la letra muerta de un articulado: más que una reglamentación adventicia y eterna; constituye uno de sus bienes espirituales, como la lengua, el arte, la literatura o la ciencia; forma parte de su historia y su cultura y se presenta como un organismo viviente y en plena evolución relacionado con el modo de vida del pueblo y su manera de ser.


Nociones de Derecho Civil Patrimonial e Introducción al Derecho

José Luis LaCruz Bermejo

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